Sucesiones con inmuebles Quedó una casa o un terreno
La sucesión termina con la inscripción a nombre de los herederos.

Acompañamos a las familias durante el proceso sucesorio, desde la determinación de los herederos y la presentación judicial hasta la inscripción o adjudicación de los bienes que integran la herencia.
La sucesión termina con la inscripción a nombre de los herederos.
Para transferirlo o venderlo hace falta la sucesión.
En general, el banco lo entrega con una orden del juez.
Muchas veces podés intervenir sin viajar.
La partición define qué le corresponde a cada uno.
La dicta el juez cuando no hay testamento.
Acompañamos a las familias durante el proceso sucesorio.
Contanos tu caso por WhatsAppLegalMente tiene una calificación de 5,0 sobre 5 en Google, con 44 reseñas.
Nos contás cómo está compuesta la familia, qué bienes conocés y si hay testamento.
Reunimos con vos las partidas, los DNI y los datos de los bienes.
Presentamos la sucesión ante el juzgado del último domicilio de quien falleció, con aviso al Registro de Juicios Universales.
Después de los edictos y los treinta días, el juez declara quiénes son los herederos o aprueba el testamento.
Se hace el inventario o, si todos los herederos están de acuerdo, la denuncia de los bienes.
La hace quien designen los herederos o, si no se ponen de acuerdo, quien designe el juez.
Se hace la partición y se inscriben los bienes, previo pago de la tasa de justicia, los gastos y los honorarios.
La duración depende de los herederos, los bienes y el acuerdo entre ellos.
Es necesario iniciar una sucesión cuando la persona fallecida dejó bienes o derechos que tienen que pasar a nombre de sus herederos. Sin ese trámite, los herederos no pueden inscribirlos a su nombre ni venderlos.
El Código no fija un plazo para iniciar el juicio sucesorio. Postergarlo acumula impuestos sobre los bienes y, si fallece otro heredero, obliga a tramitar sucesiones encadenadas.
Es el proceso por el que los bienes, derechos y deudas de una persona fallecida pasan a sus herederos, ante el juez de su último domicilio. Las deudas se pagan sólo hasta el valor de lo que se recibe.
Sin testamento heredan primero los hijos y demás descendientes junto con el cónyuge; si no hay descendientes, los padres y demás ascendientes junto con el cónyuge; si tampoco hay ascendientes, el cónyuge solo; y a falta de todos, los parientes colaterales hasta el cuarto grado. Cuánto le toca a cada uno depende de la familia.
La existencia de un testamento no significa necesariamente que pueda omitirse el proceso sucesorio. Además, la ley reserva a la familia una parte de la herencia: dos tercios para los descendientes y la mitad para los padres o el cónyuge.
Si el objetivo de los herederos es vender el inmueble, es conveniente informarlo al abogado desde el comienzo de la sucesión.
Contanos tu caso por WhatsAppLa partida de defunción es indispensable para iniciar; lo demás, en muchos casos, puede completarse durante el trámite.
Cuando existe un testamento, recomendamos presentarlo desde la primera consulta.
No existe un plazo único para terminar una sucesión. Su duración depende de factores como cantidad de herederos, documentación disponible, existencia de inmuebles o vehículos, acuerdos entre los herederos y complejidad del patrimonio.
Una sucesión en la que existe acuerdo y toda la documentación está disponible puede avanzar considerablemente más rápido que una sucesión con conflictos, bienes difíciles de identificar o documentación faltante.
En LegalMente analizamos inicialmente la composición familiar y patrimonial para determinar qué documentación será necesaria para iniciar el proceso sucesorio en Tierra del Fuego.
El costo de una sucesión depende del valor y tipo de bienes que integran la herencia, gastos judiciales y registrales, honorarios profesionales y actuaciones necesarias.
Por eso no existe un precio único aplicable a todas las sucesiones.
Antes de comenzar el trámite puede realizarse una evaluación de los bienes conocidos y de las actuaciones previsibles para explicar al cliente los principales costos del proceso.
Cuando una propiedad se encuentra a nombre de una persona fallecida, la posibilidad y mecanismo para venderla dependerán del estado del proceso sucesorio, de quiénes sean los herederos y del acuerdo existente entre ellos.
Existen herramientas jurídicas que pueden permitir instrumentar operaciones vinculadas con bienes sucesorios, pero deben analizarse cuidadosamente antes de asumir compromisos con compradores.
Si el objetivo de los herederos es vender el inmueble, es conveniente informarlo al abogado desde el comienzo de la sucesión.
La negativa de uno de los posibles herederos no significa necesariamente que los demás deban permanecer indefinidamente sin poder iniciar el proceso sucesorio.
Debe analizarse quiénes tienen legitimación para promoverlo y posteriormente resolver las cuestiones relacionadas con la participación de los restantes interesados y los bienes hereditarios.
Cuando existen desacuerdos entre herederos, el procedimiento puede resultar más complejo y requerir decisiones judiciales adicionales.
Cuando el titular registral de un vehículo fallece, el automotor pasa a integrar su patrimonio hereditario y normalmente será necesario acreditar quiénes son sus herederos y realizar las actuaciones sucesorias y registrales necesarias para adjudicarlo o transferirlo.
El procedimiento concreto dependerá del estado de la sucesión y de si los herederos pretenden conservar, adjudicar o vender el vehículo.
Por eso conviene incorporar desde el comienzo los datos registrales del automotor dentro de la documentación de la sucesión.
Los fondos existentes en cuentas bancarias pueden integrar el acervo hereditario y deben ser considerados dentro del proceso sucesorio.
Una vez acreditada la condición de los herederos y cumplidos los requisitos judiciales y bancarios correspondientes, puede gestionarse el destino de esos fondos.
También pueden existir inversiones, depósitos u otros activos financieros que deban identificarse dentro de la sucesión.
La existencia de un testamento no significa necesariamente que pueda omitirse el proceso sucesorio. El testamento debe ser presentado y analizado dentro del procedimiento correspondiente y sus disposiciones deben respetar las normas sucesorias aplicables.
El Código Civil y Comercial contempla tanto sucesiones intestadas —cuando la herencia se distribuye conforme al orden establecido por la ley— como sucesiones testamentarias.
Por eso, cuando existe un testamento, recomendamos presentarlo desde la primera consulta.
Vivir fuera de Tierra del Fuego no impide necesariamente intervenir en una sucesión que tramite en la provincia.
Dependiendo de las circunstancias, muchas actuaciones pueden gestionarse mediante representación profesional y documentación remitida desde el lugar de residencia del heredero.
En LegalMente podemos analizar la situación de herederos que viven en otras provincias o en el exterior y determinar qué documentación y poderes pueden resultar necesarios.