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Casa de madera en el bosque con un auto estacionado frente a la cerca

Abogadas de sucesiones en Ushuaia y Tierra del Fuego

Acompañamos a las familias durante el proceso sucesorio, desde la determinación de los herederos y la presentación judicial hasta la inscripción o adjudicación de los bienes que integran la herencia.

¿Te pasó esto?

Sucesiones con inmuebles Quedó una casa o un terreno

La sucesión termina con la inscripción a nombre de los herederos.

Si quedó una casa, un departamento o un terreno, la sucesión termina cuando se inscribe a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad Inmueble, que en Tierra del Fuego depende del Superior Tribunal de Justicia.

Con la declaratoria de herederos o el testamento aprobado, el juzgado ordena esa inscripción. Si todavía no se repartieron los bienes, el inmueble queda a nombre de todos los herederos, con la parte de cada uno.

Si lo quieren vender, un camino frecuente es ceder los derechos hereditarios por escritura pública. Mirá si se puede vender antes de terminar la sucesión.

Si quien falleció estaba casado, el cónyuge tiene derecho a seguir viviendo gratis y de por vida en la que fue la última casa del matrimonio, si no estaba en condominio con otras personas.

Sucesión de automotores Hay un auto a nombre de quien falleció

Para transferirlo o venderlo hace falta la sucesión.

Si el auto o la moto estaba a nombre de quien falleció, para transferirlo o venderlo hace falta la sucesión: el juzgado ordena inscribirlo a nombre de los herederos, de quien lo reciba en la partición o de un comprador.

Esa orden se presenta en el Registro Seccional del Automotor donde está radicado el vehículo.

Conviene sumar al expediente desde el principio el dominio, el título, la cédula y un informe de dominio con prendas y embargos. Si prefieren vendérselo a otra persona, conviene definirlo antes de pedir la inscripción: mirá cómo se transfiere un auto de una persona fallecida.

Fondos y cuentas bancarias Tenía dinero en el banco

En general, el banco lo entrega con una orden del juez.

El dinero que quien falleció tenía en cuentas, plazos fijos o inversiones forma parte de la herencia. En general, el banco se lo entrega a los herederos con una orden del juez de la sucesión, después de la declaratoria de herederos.

Si la cuenta tenía más de un titular, las normas del Banco Central distinguen según cómo estaba abierta:

  • A la orden recíproca o indistinta: el banco puede pagarle a cualquiera de los otros titulares, salvo que un juez ordene lo contrario.
  • A la orden conjunta o colectiva: para usar ese dinero hace falta una orden judicial.

Contanos qué cuentas conocés y en qué banco: con eso empezamos.

Herederos que viven fuera de Tierra del Fuego Vivo fuera de Tierra del Fuego

Muchas veces podés intervenir sin viajar.

Si vivís en otra provincia o en el exterior, podés intervenir en una sucesión que tramita en Tierra del Fuego, en muchos casos sin viajar: le das un poder a un abogado de la provincia y mandás tu documentación.

Dónde tramita la sucesión lo define el último domicilio de quien falleció. Si vivía en otra provincia y dejó, por ejemplo, un departamento en Ushuaia, la sucesión se hace allá y el inmueble se inscribe acá por oficio.

Desde el exterior, el poder y las partidas tienen que llegar apostillados o legalizados.

Coordinamos el trámite desde nuestra oficina en Ushuaia.

Sucesión con varios herederos Somos varios herederos

La partición define qué le corresponde a cada uno.

Si son varios herederos, desde el fallecimiento todos son dueños en común de la herencia: es la indivisión hereditaria. Termina con la partición, que define qué bien o qué parte le corresponde a cada uno.

Mientras tanto, para administrar o disponer de los bienes hace falta el acuerdo de todos; si no hay mayoría, el juez puede designar un administrador.

  • Partición privada: si todos están presentes, son plenamente capaces y están de acuerdo.
  • Partición judicial: obligatoria si hay herederos incapaces o ausentes, oposición de terceros o desacuerdo.

Cuánto le toca a cada uno depende de la familia. Los hijos heredan por partes iguales. El cónyuge, junto con los hijos, recibe la misma parte que un hijo sobre los bienes propios; si estaban casados bajo el régimen de comunidad, conserva su mitad de los gananciales, pero no hereda la otra. El divorcio y la separación de hecho excluyen al cónyuge, y el conviviente sin matrimonio no hereda sin testamento.

Que uno de los herederos no quiera iniciar la sucesión no impide necesariamente que los demás avancen.

Declaratoria de herederos Me piden la declaratoria de herederos

La dicta el juez cuando no hay testamento.

La declaratoria de herederos es la resolución del juez que reconoce quiénes son los herederos cuando no hay testamento. Es lo que te piden los registros y los bancos para poner los bienes a nombre de los herederos o liberar fondos.

Antes de dictarla, el juez cita por edictos a todos los que se consideren con derecho a la herencia, que tienen treinta días para presentarse. Vencido ese plazo, dicta la declaratoria.

  • Dice quiénes heredan, no qué bien le toca a cada uno: eso se define en la partición.
  • Si hay testamento, el juez declara su validez formal.

Para iniciar, lo indispensable es la partida de defunción; lo demás, en muchos casos, puede completarse durante el trámite. Mirá qué documentación tener a mano.

Acompañamos a las familias durante el proceso sucesorio.

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Opiniones de clientes

LegalMente tiene una calificación de 5,0 sobre 5 en Google, con 44 reseñas.

  • Mary Canabal

    2 reseñas

    Hace un año

    Hice con ellos la sucesión de mis padres en Buenos Aires desde acá. Las recomiendo

  • Julio Cesar Felicioni

    2 reseñas

    Hace un año

    Excelente servicio. Gestionaron la sucesión con mi hermana y primas, que hace años teníamos pendiente de hacer.

  • Micaela Ense

    1 reseña

    Hace 6 meses

    Super recomendable, responsables, atentos y honestos. Resolvieron rápido un problema que tenía con un terreno. Mil gracias

  • Rocio Korol

    5 reseñas

    Hace 7 meses

    Excelente atención, personalizada y siempre a disposición de cualquier duda o consulta, muy responsables y ágiles, super recomendable. Mi caso resuelto en poco tiempo.

  • Jenifer Fernandez

    1 reseña

    Hace un año

    Excelente calidad de servicio y atención.

  • Carolina Villadangos

    1 reseña

    Hace 3 meses

    Excelente atención, servicio muy recomendable.

Etapas de una sucesión en Tierra del Fuego

  1. Consulta

    Nos contás cómo está compuesta la familia, qué bienes conocés y si hay testamento.

  2. Documentación

    Reunimos con vos las partidas, los DNI y los datos de los bienes.

  3. Inicio judicial

    Presentamos la sucesión ante el juzgado del último domicilio de quien falleció, con aviso al Registro de Juicios Universales.

  4. Declaratoria

    Después de los edictos y los treinta días, el juez declara quiénes son los herederos o aprueba el testamento.

  5. Identificación o denuncia de bienes

    Se hace el inventario o, si todos los herederos están de acuerdo, la denuncia de los bienes.

  6. Valuación cuando corresponde

    La hace quien designen los herederos o, si no se ponen de acuerdo, quien designe el juez.

  7. Adjudicación o inscripción

    Se hace la partición y se inscriben los bienes, previo pago de la tasa de justicia, los gastos y los honorarios.

La duración depende de los herederos, los bienes y el acuerdo entre ellos.

¿Cuándo es necesario iniciar una sucesión?

Es necesario iniciar una sucesión cuando la persona fallecida dejó bienes o derechos que tienen que pasar a nombre de sus herederos. Sin ese trámite, los herederos no pueden inscribirlos a su nombre ni venderlos.

  • Una casa, un departamento o un terreno
  • Un auto o una moto
  • Cuentas bancarias, plazos fijos o inversiones
  • Acciones o cuotas de una sociedad, o créditos pendientes de cobro

El Código no fija un plazo para iniciar el juicio sucesorio. Postergarlo acumula impuestos sobre los bienes y, si fallece otro heredero, obliga a tramitar sucesiones encadenadas.

  1. ¿Qué es una sucesión?

    Es el proceso por el que los bienes, derechos y deudas de una persona fallecida pasan a sus herederos, ante el juez de su último domicilio. Las deudas se pagan sólo hasta el valor de lo que se recibe.

  2. ¿Quiénes pueden heredar?

    Sin testamento heredan primero los hijos y demás descendientes junto con el cónyuge; si no hay descendientes, los padres y demás ascendientes junto con el cónyuge; si tampoco hay ascendientes, el cónyuge solo; y a falta de todos, los parientes colaterales hasta el cuarto grado. Cuánto le toca a cada uno depende de la familia.

  3. Si hay testamento

    La existencia de un testamento no significa necesariamente que pueda omitirse el proceso sucesorio. Además, la ley reserva a la familia una parte de la herencia: dos tercios para los descendientes y la mitad para los padres o el cónyuge.

Si el objetivo de los herederos es vender el inmueble, es conveniente informarlo al abogado desde el comienzo de la sucesión.

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¿Qué documentación necesito para iniciar una sucesión?

La partida de defunción es indispensable para iniciar; lo demás, en muchos casos, puede completarse durante el trámite.

Documentación para iniciar una sucesión
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Cuando existe un testamento, recomendamos presentarlo desde la primera consulta.

Preguntas frecuentes sobre sucesiones

¿Cuánto tarda una sucesión en Tierra del Fuego?

No existe un plazo único para terminar una sucesión. Su duración depende de factores como cantidad de herederos, documentación disponible, existencia de inmuebles o vehículos, acuerdos entre los herederos y complejidad del patrimonio.

Una sucesión en la que existe acuerdo y toda la documentación está disponible puede avanzar considerablemente más rápido que una sucesión con conflictos, bienes difíciles de identificar o documentación faltante.

En LegalMente analizamos inicialmente la composición familiar y patrimonial para determinar qué documentación será necesaria para iniciar el proceso sucesorio en Tierra del Fuego.

¿Cuánto cuesta iniciar una sucesión?

El costo de una sucesión depende del valor y tipo de bienes que integran la herencia, gastos judiciales y registrales, honorarios profesionales y actuaciones necesarias.

Por eso no existe un precio único aplicable a todas las sucesiones.

Antes de comenzar el trámite puede realizarse una evaluación de los bienes conocidos y de las actuaciones previsibles para explicar al cliente los principales costos del proceso.

¿Se puede vender una propiedad antes de terminar la sucesión?

Cuando una propiedad se encuentra a nombre de una persona fallecida, la posibilidad y mecanismo para venderla dependerán del estado del proceso sucesorio, de quiénes sean los herederos y del acuerdo existente entre ellos.

Existen herramientas jurídicas que pueden permitir instrumentar operaciones vinculadas con bienes sucesorios, pero deben analizarse cuidadosamente antes de asumir compromisos con compradores.

Si el objetivo de los herederos es vender el inmueble, es conveniente informarlo al abogado desde el comienzo de la sucesión.

¿Qué pasa si uno de los herederos no quiere iniciar la sucesión?

La negativa de uno de los posibles herederos no significa necesariamente que los demás deban permanecer indefinidamente sin poder iniciar el proceso sucesorio.

Debe analizarse quiénes tienen legitimación para promoverlo y posteriormente resolver las cuestiones relacionadas con la participación de los restantes interesados y los bienes hereditarios.

Cuando existen desacuerdos entre herederos, el procedimiento puede resultar más complejo y requerir decisiones judiciales adicionales.

¿Cómo se transfiere un auto de una persona fallecida?

Cuando el titular registral de un vehículo fallece, el automotor pasa a integrar su patrimonio hereditario y normalmente será necesario acreditar quiénes son sus herederos y realizar las actuaciones sucesorias y registrales necesarias para adjudicarlo o transferirlo.

El procedimiento concreto dependerá del estado de la sucesión y de si los herederos pretenden conservar, adjudicar o vender el vehículo.

Por eso conviene incorporar desde el comienzo los datos registrales del automotor dentro de la documentación de la sucesión.

¿Qué pasa con el dinero que una persona fallecida tenía en el banco?

Los fondos existentes en cuentas bancarias pueden integrar el acervo hereditario y deben ser considerados dentro del proceso sucesorio.

Una vez acreditada la condición de los herederos y cumplidos los requisitos judiciales y bancarios correspondientes, puede gestionarse el destino de esos fondos.

También pueden existir inversiones, depósitos u otros activos financieros que deban identificarse dentro de la sucesión.

¿Necesito hacer una sucesión si existe testamento?

La existencia de un testamento no significa necesariamente que pueda omitirse el proceso sucesorio. El testamento debe ser presentado y analizado dentro del procedimiento correspondiente y sus disposiciones deben respetar las normas sucesorias aplicables.

El Código Civil y Comercial contempla tanto sucesiones intestadas —cuando la herencia se distribuye conforme al orden establecido por la ley— como sucesiones testamentarias.

Por eso, cuando existe un testamento, recomendamos presentarlo desde la primera consulta.

¿Puedo iniciar una sucesión si vivo fuera de Tierra del Fuego?

Vivir fuera de Tierra del Fuego no impide necesariamente intervenir en una sucesión que tramite en la provincia.

Dependiendo de las circunstancias, muchas actuaciones pueden gestionarse mediante representación profesional y documentación remitida desde el lugar de residencia del heredero.

En LegalMente podemos analizar la situación de herederos que viven en otras provincias o en el exterior y determinar qué documentación y poderes pueden resultar necesarios.

Tu defensa, nuestro compromiso.